El DOJ pone fin a la “Regulación por Persecución” que reduce la aplicación de la ley sobre Cripto

El Departamento de Justicia de EE. UU. (DOJ) se está alejando de la postura de la administración anterior de "regulación mediante la persecución" sobre las criptomonedas. El DOJ anunció que ya no perseguirá acciones de aplicación penal que efectivamente impongan marcos regulatorios a las empresas de activos digitales.

Según un nuevo memorando titulado “Terminando la Regulación por Persecución”, la política priorizó el fraude criptográfico y el uso de activos digitales para cometer terrorismo, tráfico de drogas, delitos informáticos y trata de personas. Los fiscales no imputarán “violaciones regulatorias” que involucren activos digitales.

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En un memorando, el DOJ anunció un cambio de política significativo, diciendo que ya no perseguiría acciones de ejecución penal que efectivamente impongan marcos regulatorios a las empresas de activos digitales. El memorando del DOJ critica la “estrategia imprudente de regulación mediante la persecución” de la administración anterior y formaliza su apoyo al Decreto Ejecutivo 14178 ( de President Trump "Fortaleciendo el Liderazgo Americano en Tecnología Financiera Digital.")

La política cambia el enfoque del Departamento de Justicia para "poner fin a la militarización regulatoria contra los activos digitales", reorientando sus investigaciones y enjuiciamiento hacia los acusados que causan daños financieros a los inversores en activos digitales, los consumidores y las personas que utilizan los activos digitales para ayudar en conductas delictivas.

El memorando esencialmente refuerza la Orden Ejecutiva 14178 de Trump y articula la tarea del DOJ bajo la EO.

Enfatizando el Valor de los Activos Digitales

En la introducción del memorando, el Fiscal General Adjunto Todd Blanche destaca la importancia de la industria de los activos digitales, explicando:

"La industria de los activos digitales es crítica para el desarrollo económico y la innovación de la Nación. Así, como se señala en la Orden Ejecutiva 14178, la claridad y certeza respecto a la política de aplicación "son esenciales para apoyar una economía digital vibrante e inclusiva y la innovación en activos digitales." El presidente Trump también ha dejado claro que "[w]e vamos a poner fin a la weaponización regulatoria contra los activos digitales."

El memorando subraya que el DOJ no es un regulador de activos digitales, señalando

"la administración anterior utilizó el Departamento de Justicia para llevar a cabo una estrategia imprudente de regulación mediante la persecución, que fue mal concebida y mal ejecutada."

Blanche señala que el DOJ "ya no perseguirá litigios ni acciones de ejecución que tengan el efecto de superponer marcos regulatorios sobre los activos digitales mientras los reguladores reales del presidente Trump realizan este trabajo fuera del marco punitivo de la justicia penal."

Al alejarse del DOJ bajo la administración anterior, las investigaciones y enjuiciamientos de este DOJ que involucran activos digitales serán:

“…enfocarse en procesar a individuos que victimicen a los inversores de activos digitales, o a aquellos que utilicen activos digitales en la promoción de delitos criminales como terrorismo, narcóticos y trata de personas, crimen organizado, hacking, y financiamiento de carteles y pandillas.”

Prioridades de aplicación de activos digitales bajo la EO 14178

Según el memorando, la Orden Ejecutiva 14178 encarga al DOJ y a otros con:

“…proteger y promover" (1) "la capacidad de los ciudadanos individuales y entidades del sector privado por igual para acceder y usar con fines lícitos redes de blockchain públicas abiertas sin persecución"; y (2) "acceso justo y abierto a servicios bancarios para todos los ciudadanos individuales y entidades del sector privado que cumplan con la ley."

De acuerdo con su tarea, el Departamento de Justicia ya no se dedicará a la regulación mediante el enjuiciamiento. Específicamente, el Departamento de Justicia debe dejar de apuntar a "los intercambios de monedas virtuales, los servicios de mezcla y volteo y las billeteras fuera de línea por los actos de sus usuarios finales o las violaciones involuntarias de las regulaciones" a menos que la fiscalía satisfaga los criterios señalados más adelante en el memorando

En términos simples, el DOJ priorizará las investigaciones y los enjuiciamientos que involucren a los acusados que causen (a) daños financieros a los inversores y consumidores de activos digitales y (b) utilicen activos digitales para promover otros delitos.

Sin embargo, los fiscales del DOJ ya no pueden acusar de "violación regulatoria" relacionada con activos digitales a menos que haya evidencia de que los acusados "conocían el requisito de licencia o registro en cuestión y violaron dicho requisito de manera intencionada."

Los fiscales también están instruidos a no presentar cargos por violaciones de la Ley de Valores de 1933, la Ley de Intercambio de Valores de 1934, la Ley de Intercambio de Productos Básicos, o la implementación de regulaciones, al menos si hay cargos alternativos disponibles.

Restricción de la Política de Aplicación del DOJ

El Fiscal General Adjunto describe un "estrechamiento" de la política de aplicación de la DOJ relacionada con los activos digitales. De acuerdo con su papel reducido, el memorándum dirige a la Unidad de Integridad del Mercado y Fraudes Mayores (MIMF) en la Sección de Fraude de la División Criminal a cesar la aplicación de criptomonedas. El memorándum también requiere la disolución del Equipo Nacional de Aplicación de Criptomonedas (NCET).

Mientras que el memorando limita la política de aplicación de la DOJ, sin embargo, establece que la Sección de Delitos Informáticos y Propiedad Intelectual de la División Penal (CCIPS) continúe proporcionando orientación y capacitación al personal de la DOJ y actúe como enlaces a la industria de activos digitales.

Aviso legal: Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos. No se ofrece ni se pretende utilizar como asesoría legal, fiscal, de inversión, financiera u otro tipo de asesoría.

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